Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.
Papeles del Psicólogo, 1996. Vol. (66).
Francisco J. Santolaya
Decano del Colegio Oficial de Psicólogos
Uno de los objetivos marcados como prioritarios por la Junta de Gobierno Estatal para el período 1996-2000, en referencia a la estructura colegial, es promover los Colegios Autonómicos y definir formalmente un marco de coordinación estatal dentro de un Consejo General de Colegios de Psicólogos.
Este hecho, que como se ha subrayado en numerosas ocasiones para la aprobación de los Estatutos del COP, punto común a todas las Juntas que se han celebrado en el COP desde su creación, se ha visto retrasado por las dudas y reticencias que las sucesivas administraciones han ido planteando. Planteando y alegando en muchas ocasiones que era imprescindible abordar en primer lugar el marco legal antes de pronunciarse sobre el contenido del proyecto presentado por el COP; dado que desde 1.992 existe una ley que transfiere las competencias sobre Corporaciones de Derecho Público a las Comunidades Autonómicas y nuestra Ley de Creación es anterior y define nuestra corporación como de ámbito nacional.
Es por este motivo que el COP esperaba con interés la reforma de la Ley de Colegios Profesionales, cuyo marco serviría para orientar a la propia administración y podría facilitar la aprobación de nuestros Estatutos.
El proceso por el cual se está llevando a cabo dicha reforma legislativa, ha tenido varios aplazamientos que han coincidido con fuertes protestas por parte de los profesionales, y que finalmente llevaron en 1.992 a la aprobación de un Anteproyecto de Ley que modificaba la Ley de Colegios Profesionales de 1.974. Dicho proyecto se presenta más bien como una reforma estrictamente económica que seguirá las directrices marcadas por el Tribunal de Defensa de la Competencia.
Las modificaciones incluidas llevaban a una colegiación obligatoria única para todo el ámbito nacional y a la supresión de los honorarios mínimos profesionales, dado que dichos cambios afectaban en poca medida a nuestros estatutos, el COP no tomó una postura beligerante en todo este proceso.
Ahora bien, el pasado 7 de junio se promulgó un Real Decreto Ley (5/1996) sobre medidas liberalizadoras en materia de Colegios Profesionales, que tras su convalidación por el Congreso de los Diputados, el 20 de Junio, se tramita como Proyecto de Ley. La tramitación vía urgente le permitió al Gobierno eliminar de un plumazo el tramite de audiencia, correspondiente a la aprobación de un Decreto de estas características, lo que está en concordancia con la escasa voluntad del Gobierno de contar con los Colegios en un proceso que les afecta directamente.
Pero he aquí, que dicha escasa voluntad se transforma en nula, cuando, sin contar con nadie, se presentan modificaciones en el texto remitido al Senado por el Congreso de los Diputados.
No cabe menos que esperar nuestra indignación tanto por la forma como por el fondo en que se han presentado dichas enmiendas, en cuanto que significan una reforma que afecta a los Colegios Profesionales, presentadas en el último momento, y además sin conocimiento ni audiencia de los mismos, incumpliendo los compromisos de contar con los sectores afectados al intervenir en su regulación, máxime cuando supone un empeoramiento y dificultad para el cumplimiento de las funciones de interés público que en defensa de la Sociedad tienen conferidos los Colegios Profesionales.
Francisco J. Santolaya
Decano del Colegio Oficial de Psicólogos